Con la aprobación de La Ley de Ingresos 2011, por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en diciembre de 2010 fue sancionado también un gravamen particular sobre mobiliario urbano, en stricto sensu, el cobro de aprovechamientos por explotación de bienes de uso común, en este caso la instalación, anclaje o emplazamiento de casetas telefónicas en la vía y los espacios públicos. Este concepto obliga a pagar aprovechamientos a una serie de empresas que comercializan servicios de telefonía pública a partir de la instalación de mobiliario urbano en la Ciudad de México. 

A un primer vistazo el asunto parece menor, una cuestión simple de carácter tributario, sin embargo la aplicación ha tenido una serie de controversias que merecen ser revisadas. La telefonía pública abarca el servicio de comunicación que se presta desde los aparatos telefónicos que funcionan desde un tipo determinado de mobiliario urbano, las casetas telefónicas. Estas estructuras se aseguran con perforaciones en la vía y los espacios públicos: en el piso, calles, banquetas, bardas, plazas, jardines, al interior y exterior de mercados, escuelas, hospitales, estaciones del transporte público y en edificios públicos y privados. Un negocio en bonanza en un país donde en estos últimos veinte años no todo ha sido positivo. Estas instalaciones de telefonía pública se encuentran supuestamente amparadas por la Ley de Vías Generales de Comunicación de 1939. Este supuesto, el de que las casetas telefónicas son vías generales de comunicación, resulta una interpretación cómoda que permite que los bienes de dominio público sean expropiados de manera arbitraria por un particular para su beneficio. El gran negocio de estos años.
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La calle, la vía pública, es el punto de la discusión. El espacio urbano, diseñado en teoría para facilitar el tránsito y la convivencia social, lo que debe ser analizado por la sociedad, por sus poderes formales y por los medios de información, no sólo para señalar su descuido sino también para preparar escenarios que incidan positivamente en la calidad de vida de sus habitantes. Los medios informativos, por ejemplo, han señalado, no sin veracidad, a algunos responsables de esa expropiación indebida: comerciantes ambulantes, franeleros, negocios privados de diversos tamaños que terminan por apropiarse en los hechos de los espacios públicos etc., pero en el caso de la Telefonía pública, (concepto legal de los servicios que ofrecen los aparatos telefónicos que funcionan desde las casetas telefónicas) poco se ha investigado a quienes, son también responsables del desorden urbano, de la apropiación indebida y de la impunidad que le ha cobijado.
En la Ciudad de México la instalación de este mobiliario urbano prolifera de forma excesiva, antiestética sin planeación, en gran parte de los casos sin atención a los requerimientos de planeación urbana y de tránsito peatonal, de Protección Civil, de acceso a los sistemas de transporte y sin cuidado también, de las necesidades en cuanto a discapacidad.
El actor principal es Telmex quien se niega a reconocer este concepto. Telmex no es otra empresa más. Es el gigante de la telefonía latinoamericana, una empresa líder en México, de alta relevancia a nivel regional-global. La posición de Telmex está asentada en la inercia heredada del trato preferencial que se le otorgó desde las altas esferas de la conducción económica nacional hace dos décadas.
Las canonjías en cuanto a telecomunicaciones para TELMEX se encuentran estructuradas en un documento denominado Modificación del Título de Concesión de Teléfonos de México, SA de CV., fechado en agosto de 1990, por la Secretaria de Telecomunicaciones y Transportes (SCT). Esto permitió que la telefonía pública se erigiera en caja chica, una alcancía casi oculta a la observación ciudadana en caso de que fuera exacta su condición jurídica, de vía general de comunicación o, si el aserto fuera en sentido contrario, si no fuera VGC y se tratara de mobiliario urbano, sería entonces una apropiación indebida procurada diría algún abogado por una explotación comercial directa a través de dispositivos tecnológicos que no son de monedas, en el caso de TELMEX pero si tarjetas electrónicas digitales por las que efectúan la tasación y cobro. Se ha señalado que esta es una discusión alta y compleja, pero esto no debe traducirse en que la telefonía pública no sea analizada por la sociedad.
Además el paisaje urbano requiere un ordenamiento de todos estos artefactos. El ciudadano de pie, los que aun no alcanzan el beneficio de la telefonía celular o aquellos que requieren un Teléfono Público en un momento de absoluta emergencia son en la realidad el sector más desprotegido o aislado en términos telecomunicativos, siendo en teoría a quien va dirigida la Telefonía pública, no por filantropía de Telmex sino por requerimientos de carácter global ( regulados por la UIT Unión Internacional de Telecomunicaciones), siendo este sector, precisamente, quienes pagan el servicio. Además las calles de nuestras delegaciones y municipios que conforman la Zona Metropolitana del Valle de México no son el salvaje Oeste donde el terrible pistolero ha derribado a todos los contrincantes, esa también es violencia.




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